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Integrantes del COCOLA y del CIPAV reciben capacitación en violencia sexual y de género
Bienestar

Integrantes del COCOLA y del CIPAV reciben capacitación en violencia sexual y de género

  Antonia Bernal Duque
Tiempo de lectura ~ 3 minutos

El pasado miércoles 4 de septiembre, integrantes del Comité de Convivencia Laboral (COCOLA) y del Comité para la Prevención y Atención en Casos de Violencia Sexual y de Género (CIPAV) recibieron una capacitación, impartida por la ARL SURA, sobre el componente normativo y los alcances de cada comité en favor de los procesos administrativos y misionales de la UAM.

Acoso laboral y violencia sexual

De acuerdo con la Ley 1010 de 2006, el acoso laboral se refiere a toda conducta persistente y demostrable, ejercida sobre un empleado o trabajador por parte de un empleador, jefe o superior jerárquico inmediato o mediato, compañero de trabajo o subalterno, con el objetivo de infundir miedo, intimidación, terror y angustia, causar perjuicio laboral, generar desmotivación o inducir la renuncia.

Por su parte, según la Organización Internacional del Trabajo (OIT), el acoso sexual es cualquier forma de conducta no deseada de naturaleza sexual que puede manifestarse a través de palabras, gestos, contactos físicos o insinuaciones, y cuyo objetivo o resultado es afectar la dignidad de una persona. Este tipo de comportamiento crea un ambiente hostil, intimidante, humillante o degradante. El acoso sexual puede ocurrir en diferentes ámbitos, como el laboral, educativo o social, y puede involucrar a personas de cualquier género.

Integrantes del COCOLA y del CIPAV reciben capacitación en violencia sexual y de género
Integrantes del COCOLA y del CIPAV en la capacitación. 

 

Ángela María Giraldo Díaz, consultora en gestión de riesgos de SURA y responsable de impartir la capacitación, afirmó: “En la tarea de construir espacios de trabajo saludables y garantes de los derechos humanos y laborales, se vuelve cada vez más relevante el diálogo sobre temas que han sido ocultos y, en ocasiones, hasta justificados desde la cultura. La violencia, en cualquiera de sus formas, no tiene justificación alguna y su presencia debe ser una alerta en los entornos laborales, los cuales deben garantizar la dignidad humana. Por ello, la consolidación de los diferentes comités y estrategias institucionales debe representar un respaldo y una garantía del apoyo empresarial al desarrollo integral del ser humano y al mantenimiento de la salud integral, tanto individual como colectiva dentro de la empresa. De aquí radica la importancia de este tipo de encuentros, donde las diferentes instancias organizacionales dialogan y se actualizan en la normativa que respalda sus acciones internas, consolidando los esfuerzos hacia un objetivo común: la creación de entornos laborales saludables".

El Comité de Convivencia Laboral tiene como objetivo cooperar en la promoción y protección de los empleados, con el fin de prevenir y corregir posibles situaciones de acoso laboral, evitando así riesgos psicosociales que puedan afectar la salud y el bienestar de los trabajadores de la UAM. Este Comité actúa como una instancia conciliadora.

Por otro lado, el Comité de Violencia Sexual y de Género, de acuerdo con la Ley 2365 de 2024, es responsable de establecer medidas de prevención, protección y atención ante casos de violencia sexual en instituciones de educación superior y en el ámbito laboral. En este Comité se garantiza la intimidad, la confidencialidad y la no revictimización.

¿Qué hacer si una persona de la UAM está siendo víctima de violencia sexual y/o de género?

  1. Escuchar atentamente a la víctima, evitando indagar en detalles específicos del hecho.
  2. Si la persona está alterada, acompañarla en un proceso de respiración consciente, realizando inhalaciones durante cinco segundos, retenciones por cuatro segundos y exhalaciones.
  3. Explicar que en la UAM existe una ruta de atención específica para estos casos.
  4. Contactar a alguno de los miembros del comité CIPAV, escribiendo al correo electrónico prevencionyatencion@autonoma.edu.co o comunicándose a la extensión 354.

Conoce la ruta completa

 

¿Qué hacer si un trabajador de la UAM está siendo víctima de acoso laboral?

  1. Diligenciar la queja en el formato institucional (Formato para formulación de queja por hechos que puedan constituir conductas de acoso laboral).
  2. Las quejas serán recibidas por la Secretaría del Comité de Convivencia Laboral de la UAM.
  3. El plazo máximo para interponer una queja es de doce meses después de ocurridos los hechos.
  4. Una vez recibida la queja por parte del Secretario del Comité de Convivencia Laboral, este deberá convocar una reunión extraordinaria en un término no superior a 5 días hábiles con el propósito de activar el procedimiento de atención del caso. 

    IMPORTANTE: En ambos comités no se recibirán quejas de manera anónima.

Recuerda, #NoLoDejesPasar.

Noticia redactada por: Paulina Madrid-Corresponsal UAM.